Las droguerías deben contar básicamente con las siguientes áreas:
- Área administrativa, debidamente delimitada.
- Área especial para la elaboración de preparaciones magistrales, que garantice las buenas prácticas del proceso.
- Área de recepción y almacenamiento provisional de medicamentos, dispositivos médicos, productos autorizados y materia prima.
- Área para el almacenamiento de las materias primas.
- Área para el almacenamiento de medicamentos y dispositivos médicos.
- Área para el almacenamiento de productos autorizados, independiente y separado del área de almacenamiento de medicamentos y dispositivos médicos.
- Área independiente y segura para el almacenamiento de medicamentos de control especial.
- Área especial, debidamente identificada, para el almacenamiento transitorio de los medicamentos vencidos o deteriorados, que deban ser técnicamente destruidos o desnaturalizados.
- Área para el almacenamiento de medicamentos Fitoterapéutico, cuando éstos se vendan al detal al público.
- Área de dispensación de medicamentos y entrega de dispositivos médicos y productos autorizados.
- Área de cuarentena de medicamentos, en ella también se podrán almacenar de manera transitoria los productos retirados del mercado.
- Área para manejo y disposición de residuos, de acuerdo con la normatividad vigente.
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