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viernes, 17 de mayo de 2019

5-Oferta de servicios:

La droguería únicamente podrá realizar las actividades, los procesos y procedimientos permitidos en la normatividad, no se pueden hacer otros diferentes a estos.
  • No se podrán administrar medicamentos por vía intravenosa ni practicar pruebas de sensibilidad.
  • La administración de medicamentos deberá realizarse bajo estricta fórmula médica.
  • Se prohíbe la consulta médica en las droguerías (Decreto 1950 de 1964).



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